Solicita presupuesto ¿Necesitas ayuda?
Evaluación y estimación del riesgo de estrés térmico por calor - Valora Prevención
48584
post-template-default,single,single-post,postid-48584,single-format-standard,bridge-core-1.0.6,wp-featherlight-captions,ajax_fade,page_not_loaded,,qode-title-hidden,qode_grid_1400,footer_responsive_adv,hide_top_bar_on_mobile_header,qode-content-sidebar-responsive,qode-child-theme-ver-1.0.0,qode-theme-ver-19.3,qode-theme-bridge,bridge-child,wpb-js-composer js-comp-ver-6.10.0,vc_responsive

Evaluación y estimación del riesgo de estrés térmico por calor

El riesgo de estrés térmico está presente en muchos sectores de actividad en España, desde la agricultura a la hostelería, pasando por el transporte, la construcción o la industria. En la situación de cambio climático actual este riesgo tendrá un peso cada vez mayor en los planes de prevención y planificación de las empresas.

En este articulo comentaremos de forma resumida los métodos de evaluación cuantitativa del estrés térmico más utilizados, las medidas preventivas básicas a implantar y una serie de propuestas para la estimación del riesgo de estrés por métodos cualitativos.

Normativa de referencia:

No existe normativa legal específica de ámbito nacional para evaluar el riesgo por estrés térmico debido al calor, la única referencia normativa a las condiciones ambientales la encontramos en el ANEXO III sobre condiciones ambientales y en el apéndice 4 del RD 486/97 sobre lugares de trabajo, recientemente modificado por el RD 4/2023.

La guía técnica del RD 486/97 recomienda el uso de metodologías de evaluación de reconocido prestigio a nivel internacional como son la estimación del estrés térmico mediante el índice WBGT (wet bulbe globe temperature) o la estimación del índice de sobrecarga térmica estimada (IST).

Evaluación del riesgo de estrés térmico:

La primera fase de la evaluación consistirá en mediciones de temperatura del aire y de la humedad relativa. En aquellas situaciones en las que se desarrolle un trabajo no sedentario y la temperatura medida sobrepase los 25 °C o la carga metabólica sea superior a los 236 W se necesitará de una evaluación más detallada.

Cuando la ropa usada por la persona requiera de características impermeables que impidan la evaporación del sudor se deberá realizar una monitorización fisiológica de los las personas para evitar sobrecarga térmica y efectos muy graves para su salud. Si por el contrario la ropa permite la evaporación del sudor (ropa permeable) el método de evaluación más habitual será el WBGT.

El método de evaluación WBGT (UNE-EN ISO 7243:2017) ofrece un diagnóstico sencillo y rápido del riesgo de estrés térmico por calor y permite evaluar trabajos en interiores y exteriores con carga solar, pero tiene ciertas limitaciones en su aplicación a las personas especialmente sensibles o con dificultades para su correcta hidratación, situaciones con exposición de corta duración y ambientes próximos al confort. El método WBGT, al contrario que el método IST, no permite conocer los valores de las variables causantes del riesgo por exposición al calor. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante INSST), dispone en su página web de un calculador para facilitar los cálculos asociados al método: Estrés térmico. Índice WBGT – Herramientas de prevención de riesgos laborales – INSST

Si de la aplicación del método WBGT, la conclusión obtenida es que existe riesgo de estrés térmico se debería proceder a la realización de una evaluación más detallada y precisa como es el Índice de Sobrecarga Térmica Estimada (método IST).

La aplicación del método IST (UNE-EN ISO 7243:2017) permite determinar qué parámetros físicos del ambiente podríamos modificar con el objetivo de reducir el riesgo de sobrecarga fisiológica. Este método también nos permite comparar distintas formas de organizar el trabajo o programar los descansos si fueran necesarios, a la vez que permite realizar simulaciones de diferentes escenarios de exposición, variando ciertos parámetros y manteniendo otros constantes.

Por el contrario, este método no es aplicable en las situaciones donde se emplee ropa impermeable que impida la evaporación del sudor o se haga uso de ropas reflectantes, donde el cálculo del método IST se deberá corregir teniendo en cuenta la proporción del cuerpo cubierta por prendas reflectantes o impermeables. Tampoco se puede aplicar en situaciones en las que no se mantengan constantes en el tiempo las condiciones medioambientales, lo que limita su aplicación en trabajos exteriores con carga solar.

De la aplicación del método IST se obtiene como resultado la temperatura rectal teórica y la perdida máxima de agua al final de la exposición evaluada y si como resultado, la temperatura rectal fuera superior a 38 ºC o la perdida máxima de agua fuera superior al 5 % de la masa corporal de la persona, el método nos indicará el tiempo máximo de exposición en esas condiciones al que limitar el tiempo de trabajo.

En aquellas situaciones de riesgo de sobrecarga térmica en las que no es posible limitar el tiempo máximo de exposición (por una causa justificada) la empresa deberá monitorizar el estado fisiológico de las personas trabajadoras.

En la evaluación del riesgo es crucial diferenciar entre trabajos en interior (sin radiación solar) y trabajos en exterior (con radiación solar). Para ello el método WBGT permite evaluar el estrés térmico en trabajos exteriores, pero no calcula el tiempo máximo de exposición. En cambio, el método IST si proporciona esta información, aunque su aplicación está limitada a condiciones ambientales constantes. Por lo tanto, la evaluación de riesgos en trabajos exteriores deberá realizarse con especial precaución conociendo y aplicando las limitaciones y ventajas de cada método de evaluación.

También se ha de tener en cuenta la aclimatación de la persona a las condiciones ambientales, siendo éste un proceso por el cual el cuerpo se adapta a trabajar en unas condiciones de calor elevado, mejorando su capacidad para regular la temperatura y reducir el riesgo de estrés térmico. Es por ello, que se considera que una persona esta  aclimatada a aquella que haya estado expuesta a condiciones de calor elevado durante al menos una semana de trabajo completa en un periodo inmediatamente anterior al periodo de evaluación, sin embargo, esta aclimatación puede perderse si la persona deja de estar expuesta a condiciones de calor durante un periodo de tiempo corto.

La pérdida de aclimatación puede variar entre individuos por la condición física y las características individuales de aclimatación, pero con carácter general, una persona puede comenzar a perder la condición de aclimatación en aproximadamente 3 días, la perdida es significativa en una semana y puede ser casi completa en un periodo de 2 a 3 semanas, mientras que para una persona de nueva incorporación, que vuelve de una baja, periodo de vacaciones o descanso de más de 2-3 semanas debería disponer de un periodo planificado de aclimatación de al menos una semana, siendo una planificación adecuada para su aclimatación: durante el primer día de trabajo la exposición al calor se reducirá al 50 % de la jornada y en días consecutivos se aumentará de forma progresiva la jornada laboral en un 10% adicional cada día hasta llegar al 100% de la jornada laboral. (Fuente: Manual Técnico de OSHA (OTM) – Sección III: Capítulo 4 | Administración de Seguridad y Salud Ocupacional ; Calor – Recursos adicionales | Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (osha.gov))

Propuesta de medidas preventivas

Los mecanismos de intercambio de calor de las personas con el medioambiente son la radiación, la evaporación del sudor, la conducción y la convección y se rigen por la ecuación de balance térmico del cuerpo humano considerando las siguientes variables: temperatura del aire, temperatura radiante media, velocidad del aire, humedad absoluta del aire, aislamiento de la vestimenta y el metabolismo.

Las medidas preventivas a implantar en las empresas deberían encaminarse a modificar una o varias de las variables anteriores siendo una propuesta (no exhaustiva) la siguiente:

 

Actuando sobre el ambiente térmico:

  • Reducir la temperatura del aire (calor por convección) mediante la climatización de zonas de trabajo.
  • Reducir la temperatura radiante/globo (calor por radiación), mediante apantallamiento de fuentes generadoras de calor y mejora en el aislamiento térmico tanto de las fuentes generadoras de calor, como de cerramientos y cubiertas de los centros de trabajo.
  • Reducir la humedad relativa, mediante ventilación con aporte de aire exterior mediante el uso de deshumidificadores.
  • Aumentando la velocidad del aire en la zona de trabajo.

Actuando sobre el individuo:

  • Implantado medidas organizativas que tengan en cuenta la edad de la persona, su estado de salud o su especial sensibilidad al calor (problemas cardiacos, respiratorios, diabetes, obesidad). El control de su estado de salud mediante los reconocimientos médicos iniciales y periódicos es fundamental en este caso.
  • La tasa metabólica es otro factor clave en el balance térmico de las personas y siempre que sea posible se debería reducir al mínimo mediante la implantación de medidas técnicas o medios auxiliares que facilitaran el trabajo y minimicen la carga física del mismo.

Actuando sobre la ropa de trabajo:

  • En la medida de lo posible, según el trabajo desarrollado y la necesidad de utilizar EPI’s (equipos de protección individual) o ropa especial de trabajo, las empresas deberán facilitar una ropa de trabajo que ofrezcan el menor aislamiento térmico posible y la máxima transpirabilidad, para favorecer el intercambio de calor mediante la evaporación del sudor.
  • Cuando por necesidades del trabajo sea obligatorio el uso de una ropa impermeable o de alto aislamiento térmico, será necesario la monitorización fisiológica de las personas, no teniendo sentido en este caso la aplicación de los métodos de evaluación anteriormente descritos.

 

La compleja evaluación del estrés térmico en trabajos exteriores 

Con la entrada en vigor del Real decreto ley 4/2023 que modifica el RD 4861997 se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones, en relación a los trabajos realizados en exteriores o en lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados, donde la empresa debe adoptar unas medidas preventivas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a la exposición a temperaturas extremas.

Esta disposición se aplica a todos los lugares de trabajo en exteriores incluyendo los medios de transporte, obras de construcción temporales o móviles, industrias de extracción, buques de pesca o campos de cultivo.

La evaluación del riesgo de estrés térmico en trabajos exteriores es muy compleja debido a las variaciones de la temperatura, tanto entre distintas jornadas como en una misma y única jornada. Esta fluctuación constante de las condiciones ambientales dificulta la aplicación de los métodos comentados, por lo que se requerirá de un enfoque adaptativo para garantizar la seguridad de las personas.

La modificación del RD 486/1997 implica necesariamente que las empresas realicen un control diario de las condiciones ambientales a las que están sometidas las personas trabajadoras haciendo uso de alguna de las herramientas siguientes (entre otras):

  • Avisos de la AEMET y/o avisos de los órganos autonómicos correspondientes: https://www.aemet.es/es/eltiempo/prediccon/avisos
  • Estimación del riesgo haciendo uso del índice de calor (HEAT INDEX CHART). Con mediciones sencillas de temperatura del aire y de la humedad relativa junto con las tablas o utilizando la Calculadora del Índice de Calor – ISGLOBAL se pueden hacer estimaciones del nivel de riesgo.
  • Estimación del WBGT: a partir de mediciones de la temperatura del aire y humedad relativa y teniendo en cuenta las tareas de cada puesto de trabajo y su consumo metabólico, la empresa puede elaborar tablas por puesto y/o tarea con un valor estimado del WBGT con el objetivo de identificar aquellas situaciones con riesgo estrés térmico y establecer el régimen de trabajo/descanso según el criterio de la ACGIH, para con ello limitar el tiempo de trabajo, teniendo en cuenta las características de aclimatación y carga metabólica asociada al trabajo. (https://www.acgih.org/ ; NTP 1189: Evaluación del riesgo de estrés térmico: Índice WBGT | INSST)

 

Como posibles estrategias tendríamos:

  1. Monitoreo y evaluación continua de las condiciones ambientales y fisiológicas de la persona.
  2. Rotación de personal para reducir el tiempo de exposición al calor extremo y permitir descansos en áreas frescas.
  3. Formación y concienciación sobre los signos de estrés térmico y las medidas preventivas, fomentando la autoevaluación y la comunicación inmediata de cualquier síntoma.
  4. Uso de ropa o EPI (equipos de protección individual) adecuado a cada situación con una hidratación adecuada.
  5. Tener contemplado un plan de Emergencia para situaciones de estrés térmico con las acciones a adoptar en cada situación.
  6. Flexibilidad Horaria: Ajustar los horarios de trabajo para evitar las horas de mayor calor, trabajando en las horas más frescas del día, y cuando no sea posible adoptar este tipo de medidas en las que la empresa no pueda garantizar la seguridad y salud de sus equipos en situaciones de alertas meteorológicas podrá incluso suspender la actividad laboral.

 

Luis Borja Camenforte

Técnico referente de Higiene Industrial en Valora Prevención.